recibir indemnización por estar en fichero de morosos

El matrimonio llegó a tener condición de deudor de productos bancarios deliberadamente generados por dichas discrepancias en su contrato con el banco. Debido a ésto, se les asignó injustamente la condición de morosos, incluyéndoles en un fichero de deudores de la Central de de Información de Riesgos (CIRBE),  tanto a ellos como a la sociedad mercantil de la que eran avalistas y socios. Dicha inclusión conllevó una pluralidad de consultas por terceras entidades. Es por ello que el Juzgado de Primera Instancia nº1 de Lugo condenó a Caixabank a indemnizarles con 45.000 € por estar en el fichero de morosos.

 

El juzgado estimó que la entidad financiera tenía que indemnizar al matrimonio con 15.000 € a cada uno y con otros 15.000 € a su empresa. Esta sentencia fue recurrida por Caixabank y ha sido confirmada por la Audiencia Provincial de Lugo teniendo que adeudar la entidad bancaria el total de los 45.000 euros a nuestros clientes.

Cada vez es más habitual la inclusión de los ficheros de morosos por parte de las grandes empresas, lo hacen como medida de presión para cobrar sus deudas sin necesidad de acudir a la vía judicial, porque iniciar un procedimiento judicial puede acarrear más gastos que la deuda total a saldar. De hecho las reclamaciones contra empresas telefónicas encabezan las reclamaciones en las oficinas del consumidor de todo el territorio nacional.

 

REQUISITOS PARA QUE LE INCLUYAN EN EL FICHERO DE MOROSOS

Aunque ciertamente es legal  la inscripción de un deudor en los ficheros de morosos y viene recogido en el artículo 29 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal como “fichero de solvencia patrimonial y crédito”, esta anotación debe hacerse conforme a una serie de requisitos específicos:

 

-Que se practique un requerimiento previo al deudor.

 

-Que el acreedor o quien actúe por su cuenta e interés se asegure de que concurren todos los requisitos, en el momento de notificar los datos adversos al responsable del fichero común.

 

-La deuda no puede tener una antigüedad mayor a 6 años.

 

-Que se haya formalizado un requerimiento de pago fehaciente al deudor.

 

 

Estos requisitos son una garantía para poder evitar el uso abusivo por parte de los acreedores, ya que solo pueden inscribirse en estos ficheros a las personas que o bien no pueden o no quieren pagar sus deudas, pero en ningún caso de aquellos que están debatiendo la existencia o no de una deuda y su importe.

Es por eso que la inclusión en un fichero de morosos realizada sin atenerse al cumplimiento de estos requisitos legales puede conllevar la vulneración del derecho al honor del afectado que se encuentra recogido en el artículo 18 de nuestra Constitución puesto que constituye un derecho fundamental y su vulneración puede suponer  importantes indemnizaciones por daño moral.

En Zurrón Abogados llevamos desde 2012 siendo pioneros en la reclamación judicial por la vulneración del derecho fundamental al honor, para la cancelación de datos en los ficheros de morosos y obtención de indemnizaciones que suelen ir de los 3.000 € a los 12.000 € en cada caso. Ya hemos ganado más de 500 procesos judiciales y nuestro ratio de éxito es del 99%. Por eso estamos convencidos de que buscar asesoramiento profesional y reclamar es la mejor opción ante coyunturas de este tipo.

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